(Publicación: 28-Jun-20 / Última actualización: 06-Sep-21)
El Semáforo de Riesgo (o Semáforo COVID) es el corazón de la nueva normalidad. Sirve como puente de comunicación entre autoridades y ciudadanía. En julio de 2021, la Secretaría de Salud publicó cambios a la metodología: es la versión 6, de la que ya se han publicado 2 alcances (el 18-Ago-21 la versión 6.2 que es la más reciente). El último alcance a la versión modifica la Tabla 4. sobre las actividades específicas en cada nivel de riesgo.
Grosso modo, el fundamento de ello es la realidad epidemiológica actual y también la fatiga económica y social de la población. Según esta nueva versión, no se consideran cierres totales a actividades económicas. Destaca que…
…en ningún color se impone el cierre total a actividades permitidas
Si tienes dudas sobre en qué semáforo estamos, en esta página encontrarás:
- el semáforo vigente para la semana en curso;
- publicaciones oficiales para la Zona Metropolitana del Valle de México sobre las actividades permitidas en la Ciudad de México y el Estado de México,
- cambios a la metodología publicados a finales de julio 2021, y
- la metodología nacional que se utiliza para determinar el color de cada entidad, así como:
- los cambios implementados en el Lineamiento V.6.1;
- el fundamento inicial del semáforo, según lo presentado en mayo 2020;
- las variables utilizadas y su ponderación, y
- la calificación para determinar el nivel de riesgo en función de los rangos de puntuación establecidos.
Semáforo COVID nacional vigente a partir del lunes 09-Ago-21
Semáforo COVID nacional
En el Semáforo COVID nacional vigente del 09 al 22 de agosto de 2021:
- 17 estados estarán en Semáforo Naranja, incluido el Estado de México;
- 13 estados estarán en Semáforo Amarillo, incluida la Ciudad de México,
- Chiapas y Coahuila estarán en Semáforo Verde, y
- ningún estado estará en Semáforo Rojo.
En el Lineamiento V.6.2 del Semáforo COVID (pág 27) se especifican las actividades permitidas en cada nivel de riesgo: a mayor riesgo se plantea una disminución de las actividades económicas y sociales, que se asociación marcadamente con la movilidad y el contacto social.
En dicha tabla también se especifica que, independientemente del color del Semáforo COVID, será continúo el modelo educativo bajo la nueva normalidad que inicio con el regreso a clases presenciales el pasado 30-Ago-21.
En el Lineamiento V.6.2 (pág. 28) se especifica que “Las entidades federativas deberán presentar su plan de implementación, seguimiento y vigilancia a las actividades socioeconómicas de acuerdo con el nivel de riesgo epidémico.”
A continuación el detalle publicado para la Ciudad de México y el Estado de México.
Actividades permitidas en la Ciudad de México y el Estado de México según el Semáforo COVID
Semáforo COVID Ciudad de México: Semáforo Amarillo
El gobierno de la Ciudad de México anunció el viernes 03 de septiembre de 2021 que, dada la situación de la pandemia de COVID 19 en México respecto al comportamiento de los indicadores relevantes, la ciudad pasaría a Semáforo Amarillo del lunes 06 al domingo 19 de septiembre.
El viernes 03-Sep-21 por la noche se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 73avo aviso del gobierno de la ciudad en relación con el semáforo de riesgo (No. 676 Bis, 03-Septiembre-21, pág 3).
Lo más relevante:
- es el primer anunció mediante el cuál se considera la reapertura de todas las actividades económicas en la ciudad;
- siguen aplicando todas las medidas sanitarias;
- la mayoría de los sectores podrán operar según los aforos, horarios y disposiciones aplicables a su aviso o permiso de funcionamiento, y
- Todavía se contemplan actividades de supervisión y vigilancia por parte del Instituto de Verificación Administrativa y, por tanto, en caso de incumplimiento se ordenará la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda.
Los únicos sectores que tienen restricciones son:
- salones de fiestas, bares, cantinas, antros, discotecas u homólogos:
- podrán operar hasta las 12:00 a.m.;
- con un aforo máximo del 50%, y
- priorizando el uso de terrazas o espacios al aire libre.
- Eventos masivos (p. ej., deportivos, culturales, espectáculos, conciertos u homólogos)
- aforo máximo del 75%, y
- conforme al horario permitido en su aviso o permiso.
- Restaurantes:
- continuarán con las reglas previstas en el Programa de Colocación de Enseres e Instalaciones en vía Pública para Establecimientos Mercantiles cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados, publicado el 30 de abril de 2021 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México no. 586 Bis.
- Oficinas y corporativos del sector privado:
- aforo máximo del 80% de su plantilla laboral, y
- observar lo establecido en los Lineamientos de Protección a la Salud que deberá cumplir el sector de oficinas corporativas para reanudar actividades hacia un regreso seguro a la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, disponibles en http://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx
Semáforo COVID Estado de México: Semáforo Naranja
El Estado de México se mantendrá en Semáforo COVID color naranja. El último acuerdo publicado fue el del viernes 23 de julio es el primer acuerdo sobre el semáforo que publica el Estado de México en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno (Tomo CCXII, Número 13, Sección Segunda, pág. 2).
Por su parte, el 30 de julio la Legislatura del estado publicó en el periódico oficial un exhorto a los 125 Presidentes Municipales del Estado de México, a seguir implementando todas las medidas necesarias de prevención y protección a la ciudadanía por el gran aumento de contagios de COVID-19 y su variante Delta en el Estado.
En el acuerdo del 23 de julio de 2021, además de las actividades esenciales, se especifican el resto de las actividades permitidas durante la vigencia del acuerdo:
- Actividades que podrán operar hasta las 21:00 horas, de lunes a domingo, limitando el aforo al 50% de su capacidad:
- comercios al por menor y al por mayor, tales como papelerías, tiendas de ropa, jugueterías, mueblerías, refaccionarias, tiendas de artículos electrónicos, entre otras;
- servicios personales como peluquerías, tintorerías, talleres, locales de reparación de electrodomésticos y mantenimiento en general; y
- servicios religiosos.
- Centros, plazas comerciales y tiendas departamentales:
- aforo del 50%, y
- operando en su horario habitual;
- Locales o espacios culturales, auditorios, foros, exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros:
- con un aforo del 50%, y
- la última función podrá iniciar a las 00:00 horas.
- Espacios públicos, parques, zoológicos, áreas naturales, gimnasios, balnearios, albercas públicas, baños públicos, vapores, spas, actividades acuáticas y campos deportivos, así como las actividades físicas y recreativas al aire libre, deberán observar un aforo máximo del 50%.
- Eventos deportivos en estadios:
- con un aforo del 40%, y
- sin venta de alcohol.
- Hoteles y servicios de hospedaje con aforo al 50%.
- Restaurantes y establecimientos de venta de alimentos preparados y bebidas
- De lunes a domingo hasta las 00:00 horas y después de esa hora sólo servicio a domicilio o para llevar;
- Aforo de 50% de su capacidad en espacios abiertos y cerrados;
- Se podrá utilizar las áreas para fumar.
- No se permitirá la música en vivo.
- Salas de sorteos de números, centros de apuestas remotas (casinos):
- aforo del 50%, y
- hasta las 23:00 horas.
- Boliches y billares:
- aforo del 40%, y
- hasta las 22:00 horas.
- Renta de espacios para eventos particulares,
- aforo del 30% en interiores y del 50% en exteriores;
- Operación hasta las 22:00 horas;
- Sin venta de bebidas alcohólicas;
- Sin música en vivo ni pistas de baile, y
- otras Las demás que se establezcan en el protocolo que expida la autoridad.
- Prácticas en talleres y laboratorios en las instituciones de educación media superior y superior, públicas y privadas, en los términos que determine la Secretaría de Educación del Estado de México, con un aforo del 50%.
- Prestación de servicios varios, profesionales, científicos o técnicos se deberá privilegiar:
- el trabajo a distancia;
- el uso de medios electrónicos;
- la limitación de aforo, y
- en su caso, los horarios escalonados.
- Actividades gubernamentales según los Acuerdos emitidos por la autoridad sanitaria, las dependencias e instituciones públicas competentes, privilegiando:
- el trabajo a distancia;
- el uso de medios electrónicos;
- la limitación de aforo, y
- en su caso, los horarios escalonados.
- Las actividades jurisdiccionales continuarán funcionando en términos de los Acuerdos que hayan expedido o expidan las autoridades competentes, tomando en consideración las medidas del numeral anterior.
- Transporte Público (artículo tercero)
- Los concesionarios de transporte público deberán observar las siguientes medidas:
- Medidas de sanitización, sana distancia y cubrebocas obligatorio, así como procurar la ventilación natural de las unidades durante los trayectos;
- Las unidades de transporte público masivo operarán a un 50% de su capacidad;
- Las unidades de transporte público de mediana capacidad operarán a un 50% de su capacidad, y
- Los taxis sólo podrán transportar hasta 3 pasajeros.
- Los concesionarios de transporte público deberán observar las siguientes medidas:
En los artículos cuarto y quinto se especifica sobre las medidas sanitarias que los establecimientos deben observar y sobre la verificación y sanción en caso de incumplimiento. En el sexto sobre la interpretación por posibles dudas en la interpretación del acuerdo.
🛑 Siguen sin permitirse en este Semáforo 🛑
Lo que sigue suspendido (artículo segundo)
- Cualquier actividad no prevista en el artículo PRIMERO, como:
- Bares, cantinas, salones de baile, discotecas y video bares, centros nocturnos, centros botaneros y cerveceros y cualquier establecimiento para venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato y/o al copeo,
- Eventos masivos de cualquier tipo (políticos, religiosos, sociales, etc.), eventos o espectáculos públicos, salones de eventos y fiestas interiores, verbenas, palenques, ferias, desfiles, fiestas populares, y
- Cualquier otra análoga a las anteriores que impida el cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad a que se refiere el presente Acuerdo, o que promueva la aglomeración de personas en un mismo lugar.
⬇️ Cambios, histórico y Metodología del Semáforo de Riesgo Epidemiológico ⬇️
Cambios y notas relevantes sobre el Lineamiento V.6 del Semáforo de Riesgo
El viernes 23 de julio de 2021 la Secretaría de Salud del gobierno mexicano publicó la nueva versión (versión 6.0) del Lineamiento para la estimación de riesgos del Semáforo por regiones COVID-19 (Lineamiento V.6) disponible en la página del semáforo en el sitio oficial, misma que se actualizó el martes 27 de julio de 2021 (Lineamiento V.6.1).
Mediante acuerdo en el Diario Oficial de la Federación del martes 27 de julio de 2021, se abroga la publicación del semáforo de mayo de 2020 y se especifica que la vigente será la disponible en https://coronavirus.gob.mx/semaforo/.
De la información en el Lineamiento V.6 o en los comunicados de prensa en que se informa que se presentaría (Comunicado 307) o entraría en vigor (Comunicado 308) la nueva versión de la metodología, destaco los siguientes cambios en la nueva versión:
- está construido con aportaciones de los secretarios de salud estatales;
- recalibra la escala de riesgo y en ningún color se impone el cierre total a actividades permitidas. En el Comunicado 307 se especifica que la Secretaría de Salud Federal solicitó a gobiernos estatales reducir aforos en espacios públicos cerrados;
- considera la situación epidémica actual en conjunto con la fatiga social en varios aspectos;
- la vacunación (en México y el mundo) ha implicado un cambio en la dinámica de contagios por grupo de edad (Lineamiento V.6, pág. 10), así como en hospitalizaciones y defunciones (pág. 11);
- se mantienen los mismos 10 indicadores utilizados previamente (Lineamiento V.6, pág. 15);
- los nuevos puntos de corte (al interior de los indicadores consideradores) consideran la información de todos los estados, considerando los datos de la semana epidemiológica 50 de 2020 (6 al 12 de diciembre de 2020) a la 26 de 2021 (27 de junio al 03 de julio de 2021)
- Se reasignaron los rangos de cada nivel de riesgo. La puntuación total es de 0 a 40 (a menor número, menor riesgo) y ahora los 4 colores están distribuidos prácticamente en partes iguales en términos de la puntuación que abarcan.
Esta nueva versión implica una re-calibración tanto en el cálculo de la puntuación a partir de los indicadores utilizados como en la definición del rango de puntuación para clasificar en cada nivel de riesgo.
En la tabla se observa que en principio no se imponen cierres totales independientemente del nivel de riesgo. Inclusive, en la Conferencia Mañanera del lunes 26 de julio así lo indicó el Presidente de la República (minuto 37:28)
“…No vamos a tomar ninguna decisión de cierre. Ya sabemos cuidarnos, todos. Fue mucha la información que hemos recibido. Además, yo desde el principio he dicho de que somos mayores de edad, de que tenemos que cuidarnos y garantizar la libertad…”
Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República Mexicana, Conferencia Mañanera, lunes 26-Ju-21, minuto 37:28
Compendio de mapas de Semáforo COVID que ya no están vigentes
La publicación del Semáforo COVID comenzó el viernes 29 de mayo de 2020. A la fecha se han publicado 35 semáforos en total. En la galería de imagen todos los mapas publicados y en la tabla imagen encontrarás los últimos 13, correspondientes a los 6 meses previos.
Metodología a nivel nacional
Fundamento para la definición del Semáforo de Riesgo
La Secretaría de Salud presentó los aspectos generales de la metodología del Semáforo de riesgo COVID-19 en La Mañanera del viernes 29 de mayo de 2020.
Comentó que para definir el orden de apertura de actividades no esenciales en cada color, se considerará la clasificación de las actividades en 4 categorías que dependen de 2 variables:
- Valor social: lo que genera desarrollo, pues genera ingreso y tienen un efecto multiplicador del ingreso en otras personas. A mayor efecto multiplicador, mayor valor social. Tiene dos posibles valores: bajo valor social o alto valor social.
- Número de personas que participan en las actividades. Tiene dos posibles valores: pocas personas o muchas personas. En términos epidemiológicos, cuanto menos personas mejor (para evitar contagios).
- De esta forma:
- primero, reiniciarán aquellas actividades que impliquen un alto valor social y que impliquen la movilidad de pocas personas;
- después, reiniciarán las que de alto valor social y que movilizan a muchas personas;
- en tercer lugar, seguirán aquellas que impliquen un bajo valor social y en que se movilicen pocas personas, y
- hasta el final, reiniciarán las actividades no-esenciales que impliquen un bajo valor social y en que se movilicen muchas personas.
Variables y ponderación para la obtención del Semáforo de Riesgo
Desde el primer semáforo publicado a finales de mayo del 2020 y hasta la segunda quincena de agosto de 2020, el Semáforo de riesgo COVID consideraba las siguientes 4 variables con ponderaciones que fueron ajustando a lo largo de las semanas.
- tendencia de ocurrencia de casos;
- tendencia de hospitalización;
- porcentaje de ocupación hospitalaria, y
- detección de casos nuevos.
La Secretaría de Salud ha revisado junto con los gobernadores de la CONAGO este tema y el semáforo publicado el viernes 28 de agosto presentó una re-calibración derivada de dicho grupo de trabajo.
A partir de entonces, se considerarán 10 variables en tres categorías. Entre éstas, se incluyen variables asociadas a las defunciones las cuales no estaban consideradas previamente. Las 10 variables son:
- Indicadores de síndrome COVID:
- Tasa de reproducción efectiva (Rt) de COVID-19.
- Tasa de incidencia de casos estimados activos por 100 mil habitantes.
- Porcentaje semanal de positividad al virus SARS-CoV-2.
- Tendencia de casos de síndrome COVID-19 por 100 mil habitantes.
- Indicadores de hospitalización:
- Tasa de casos hospitalizados por 100 mil habitantes.
- Porcentaje de camas generales ocupadas en los hospitales de la Red Hospitalaria para la atención de Infecciones Respiratorias Agudas Graves (Red IRAG).
- Porcentaje de camas con ventilador ocupadas en las hospitales de la Red IRAG.
- Tendencia de casos hospitalizados por 100 mil habitantes.
- Indicadores de defunciones:
- Tasa de mortalidad por 100 mil habitantes.
- Tendencia de la tasa de mortalidad por 100 mil habitantes.
Antes del Lineamiento V.6.2, los 10 indicadores tenían el mismo peso ponderado (10%). En esta nueva versión (pág. 26):
- el peso de la la tasa de casos estimados activos es de 5%, y
- el porcentaje de ocupación hospitalaria es de 15%.
En la siguiente tabla, elaborada partir de la Tabla 1 del Lineamiento V.6.2, se presentan los parámetros bajo los que se define la puntuación para cada uno de los 10 indicadores que conforman la calificación máxima de 40 puntos del Semáforo de Riesgo.
Calificación para determinar el nivel de riesgo estado en el Semáforo COVID
En relación con el puntaje para determinar el nivel de riesgo del Semáforo COVID, ahora la calificación de 40 puntos está repartida, para efectos prácticos, en partes iguales entre los 4 niveles de riesgo